Ya hemos hablado de las ventajas fiscales del PPES frente al plan individual en nuestro artículo «Ventajas fiscales del Plan de Empleo Simplificado frente al plan individual«. En este artículo damos un paso más y respondemos a la pregunta que más se busca sobre este tema: cuánto te desgravas realmente, en euros, según tu nivel de ingresos como autónomo. Con ejemplos numéricos completos, no solo porcentajes.
El límite legal, con un matiz importante que mucha gente pasa por alto
Como ya sabes, el límite máximo de aportación con derecho a reducción fiscal para un autónomo es de 5.750€ anuales (1.500€ de plan individual + 4.250€ de PPES). Pero hay un matiz legal que no siempre se explica bien: ese límite de 5.750€ no es un derecho automático para cualquier nivel de ingresos. La normativa establece que la reducción aplicable es la menor de estas dos cantidades:
- 5.750€ anuales, o
- El 30% de la suma de tus rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
Esto significa que, si tus ingresos netos como autónomo son bajos, tu límite real de deducción puede ser inferior a 5.750€, aunque tengas capacidad de ahorro suficiente para aportar esa cantidad. Haciendo el cálculo inverso: necesitas unos rendimientos netos de al menos 19.167€ anuales para poder aprovechar el límite completo de 5.750€ (el 30% de 19.167€ es, aproximadamente, 5.750€). Por debajo de esa cifra, tu límite de deducción se reduce proporcionalmente.
Ejemplos prácticos por nivel de ingresos
Vamos a calcular el ahorro fiscal real en varios escenarios, usando únicamente el tipo marginal estatal de 2026 como referencia (recuerda que a esto se suma la parte autonómica, que varía según dónde resides, por lo que tu ahorro real probablemente sea algo mayor que el de estos ejemplos).
Ejemplo 1: rendimientos netos de 15.000€ anuales
- Límite de deducción aplicable: el 30% de 15.000€ son 4.500€, inferior a 5.750€, así que ese es tu límite real, no el máximo legal.
- Tipo marginal estatal aproximado: 24%.
- Ahorro fiscal aportando el máximo permitido (4.500€): aproximadamente 1.080€.
Ejemplo 2: rendimientos netos de 20.000€ anuales
- El 30% de 20.000€ son 6.000€, por encima de 5.750€, así que aquí ya puedes aprovechar el límite legal completo.
- Tipo marginal estatal aproximado: 30% (justo en el cambio de tramo).
- Ahorro fiscal aportando el máximo (5.750€): aproximadamente 1.725€.
Ejemplo 3: rendimientos netos de 35.000€ anuales
- Límite completo disponible (5.750€).
- Tipo marginal estatal aproximado: 30-37% (según si tu base liquidable queda justo por debajo o por encima de 35.200€).
- Ahorro fiscal aportando el máximo: entre 1.725€ y 2.128€, según en qué punto exacto de ese tramo te encuentres.
Ejemplo 4: rendimientos netos de 50.000€ anuales
- Límite completo disponible (5.750€).
- Tipo marginal estatal aproximado: 37%.
- Ahorro fiscal aportando el máximo: aproximadamente 2.128€.
Ejemplo 5: rendimientos netos de 70.000€ anuales
- Límite completo disponible (5.750€).
- Tipo marginal estatal aproximado: 45%.
- Ahorro fiscal aportando el máximo: aproximadamente 2.588€.
Tabla resumen
| Rendimientos netos anuales | Límite de deducción aplicable | Tipo marginal estatal aprox. | Ahorro fiscal aproximado |
|---|---|---|---|
| 15.000€ | 4.500€ (30% de ingresos) | 24% | 1.080€ |
| 20.000€ | 5.750€ | 30% | 1.725€ |
| 35.000€ | 5.750€ | 30-37% | 1.725€ – 2.128€ |
| 50.000€ | 5.750€ | 37% | 2.128€ |
| 70.000€ | 5.750€ | 45% | 2.588€ |
Cifras orientativas basadas solo en la escala estatal del IRPF; el ahorro real puede ser mayor al sumar la parte autonómica, que depende de tu comunidad de residencia.
¿Cómo se calculan tus «rendimientos netos» a estos efectos?
Un matiz importante: no se trata de tu facturación, sino de tus rendimientos netos de actividades económicas, es decir, tus ingresos menos los gastos deducibles de tu actividad (y, en su caso, sumados a rendimientos del trabajo si además tienes ingresos por cuenta ajena, en caso de pluriactividad). Si facturas 40.000€ pero tienes 15.000€ de gastos deducibles, tu rendimiento neto a efectos de este cálculo es de 25.000€, no de 40.000€.
Cómo declarar correctamente esta deducción
Al hacer tu declaración de la Renta (Modelo 100), las aportaciones a planes de pensiones se consignan en el apartado de reducciones de la base imponible general, dentro del bloque correspondiente a aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. En la práctica:
- Tu entidad gestora te envía cada año un certificado con el total aportado durante el ejercicio.
- Ese dato suele venir ya precargado en el borrador de la Renta que ofrece la Agencia Tributaria, pero conviene verificarlo contra tu propio certificado por si hubiera algún desfase.
- Hacienda aplica automáticamente el límite correspondiente (el menor entre el límite legal y el 30% de tus rendimientos netos), por lo que si aportaste de más respecto a tu límite real, el exceso simplemente no generará reducción ese ejercicio.
¿Qué pasa si aporto más del límite que me corresponde?
No es un problema grave ni sancionable: simplemente, el exceso sobre tu límite de deducción (ya sea el legal de 5.750€ o el del 30% de tus rendimientos, el que sea menor en tu caso) no generará reducción fiscal ese ejercicio. El dinero seguirá invertido en tu plan igualmente, simplemente no obtendrás el beneficio fiscal por esa parte del exceso en la declaración de ese año.
Preguntas frecuentes
¿El límite del 30% se aplica de forma independiente al plan individual y al PPES, o de forma conjunta? Se aplica de forma conjunta sobre el total combinado de tus aportaciones a ambos productos, no por separado.
Si tengo un mal año y mis ingresos netos bajan, ¿pierdo derecho a desgravar lo ya aportado en años anteriores? No, el límite se calcula cada año en función de los rendimientos netos de ese mismo ejercicio; lo aportado y desgravado en años anteriores no se ve afectado retroactivamente por una bajada de ingresos posterior.
¿Puedo trasladar a otros años la parte que no pude desgravar por superar el límite? La normativa general de planes de pensiones prevé, en determinados supuestos, la posibilidad de aplicar en los cinco ejercicios siguientes las cantidades no reducidas por insuficiencia de base imponible; consulta tu caso concreto con un asesor fiscal, ya que la aplicación práctica de este mecanismo tiene particularidades.
¿Este límite del 30% afecta también a la cuota de autónomo que pago a la Seguridad Social? No, son conceptos independientes. El límite del 30% de rendimientos netos aquí explicado es exclusivamente a efectos de la deducción fiscal en el IRPF por aportaciones a planes de pensiones, y no tiene relación con la base de cotización de tu cuota de autónomo.
Fuentes y normativa de referencia: Ley 35/2006 del IRPF; Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo; Agencia Tributaria (AEAT), escala estatal del IRPF vigente para el ejercicio 2025-2026. Los ejemplos de ahorro fiscal son orientativos y se basan únicamente en la escala estatal; tu ahorro real depende también de tu comunidad autónoma y de tu situación fiscal completa. Consulta con un asesor fiscal para calcular tu caso concreto.